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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Equipo Directivo

 
 Director
José Manuel Vizuete Dávila
 Jefe de Estudios
Francisco Javier Carayol Tomé
 Secretario
José Alfonso Tena Tena

 

    Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el /la Director/a y el /la Secretario/a.

 

Director

 

    El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

    En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el Secretario, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

 

Jefe de Estudios

Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

Al no haber en el centro Jefe de Estudios, el Director asume sus competencias.

 

Secretario

 

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones de y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencias.

 

Organización

 
ÓRGANOS DE
GOBIERNO
 

    Establecidos y formados según las directrices del Real Decreto 82/1.996, de 26 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de
los Colegios de Educación Primaria ( B. O. E. de 20 de febrero), funcionan en este Centro
los siguientes órganos:

  • Colegiados: Consejo
    Escolar y Claustro de Profesores
  • Unipersonales:
    Director/a, Jefe/a de Estudios y Secretario/a
  • Coordinación docente:
    Equipos de Ciclo, tutores y Coordinadores de Ciclo y Programas Educativos

Horarios

  

    El horario general del Centro abarca desde las 9,00 a las 19,00 horas y la hora de obligada permanencia del Profesorado en el Centro que es de 14,00 a 15,00 horas. 

HORARIO GENERAL DEL CENTRO

HORARIO DE MAÑANA

HORARIO DE TARDE LUNES

ENTRADA

RECREO

SALIDA

ENTRADA

SALIDA

9.00
12,00-12,30
14,00
16,00
19,00

SEXTA HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00  Miércoles y Jueves  y  de 16 a 19 los Lunes.


 

    La jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañaña de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectiva comienza a las 16,00 y termina a las 19,00 horas. En esta jornada los alumnos y alumnas, que libremente lo soliciten pueden realizar Actividades Formativas Complementarias.
   En la sesión de mañana, habrá un recreo entre las 12,00 horas y las 12,30 horas, para el alumnado de Educación Primaria y para Educación Infantil . La hora dedicada a la acción tutorial en relación con los padres será los Lunes de 18:00 a 19:00 horas.

GUARDIAS DE RECREO 

La guardia de Colegio será efectuada por dos profesores por patio cada día en EP, y tres en E.I.

 

 

Historia

  

COLEGIO PÚBLICO "CALDERÓN DE LA BARCA"

 

   

Los inicios de la Escuela Pública se remontan en nuestra localidad al siglo pasado, impartían sus clases en locales dispersos y alquilados, asistiendo separados alumnos/as, Escuela Unitarias autónomas en su funcionamiento… Y es en los años cincuenta cuando se construyen edificios oficiales denominados Grupo Escolar de Niños y Grupo Escolar de Niñas en la Plaza Calderón de la Barca (Tablao), dentro del Programa de Viviendas para Regiones Desbastadas, persistiendo aún la dispersión, la descoordinación y autonomía de las Escuelas Unitarias. Inaugurándose el edificio hacia 1954.

El 25 de Julio de 1958 es nombrado don Lucas Gil Santillana primer Director de la Escuela Graduado número uno de Niños a base de las cuatro Escuelas Unitarias de Niños que funcionaban en este Grupo Escolar por el Consejo Provincial de Educación a propuesta de la Inspección de Enseñanza Primaria. Al mismo tiempo se crea la Graduada de Niñas y recibe el nombre de "VIRGEN DE GUADALUPE, y como directora a Doña Francisca Fernández- Orejudo Casado (Doña Paca).

El día 15 de Septiembre de 1958 se reúnen los maestros de la Graduada nº 1 de Niños para determinar su organización y entre otros acuerdan solicitar de la Delegación Provincial de Educación de Badajoz la denominación de "CALDERON DE LA BARCA"

La Graduada de Niños nº 1 constará de cuatro secciones: En la 1ª y 2ª estarán los alumnos de 6 a 8 años divididos en dos grupos de iniciación 6-7 años y preparatorio 7-8 años y utilizarán para lectura y escritura el Método "RAYA" e iniciación a la numeración.

En la 3ª Sección los niños de 8 a 10 años divididos en dos grupos: 1º y 2º Cursos del Primer Ciclo del Período de Enseñanza Elemental que emplearán como texto el Primer Grado de la Enciclopedia Alvarez.

En la 4ª Sección los niños de 10 a 12 años clasificados y 3º y 4º Cursos del Segundo Ciclo del Periodo de Enseñanza Elemental que utilizarán las Enciclopedias Alvarez de Segundo y Tercer Grado. Si hubiera alumnos mayores de estas edades y por sus conocimientos, serán agrupados en el Periodo de Perfeccionamiento que a partir del curso 1961-81 obtienen el Certificado de Estudios Primarios.

Los contenidos de la Enseñanza Primaria estaban recogidos en los Cuestionarios Nacionales y existía Maestro Instructor de, Educación Física y deportes, de Cantos religiosos y patrióticos y regionales.

En el año 1963 se crea la primera Junta Económica formada por:
Presidente: don Lucas Gil Santillana, Director de la Graduada.
Secretario: don Ramón Santiago Santos maestro y secretario de la graduada.
Vocal: don Félix Benítez Cañamero, maestro más antiguo. Vocal: don Luis Terrón Romero, padre de familia.

Al finalizar el curso 1965 cesa por jubilación forzosa a los 70 años el Director don Lucas Gil, haciéndose cargo don Félix Benítez hasta final del curso 1967-68 y se utiliza la denominación de Colegio Nacional de Niños "Calderón de la Barca"

En el curso 1968-69 se crea el Colegio Nacional Mixto "Calderón de la Barca" y se hace cargo de la Dirección don Armando Díez Torres, se constituye el primer Consejo Escolar y se integran todas las unitarias.

La jubilación de don Armando Díez lleva a la dirección del Colegio a D. José García Fernández y en 1978 a D. José Calzado Ruiz que desarrollan una gran labor en la Organización Escolar para la aplicación de la Ley General de Educación de 1970 (Villar Palsí) que introduce la Educación General Básica (E.G.B.). Al comenzar el curso 1983-84 se hace cargo interinamente de la dirección don Ignacio Ramírez Tejado, maestro de gran influencia en la educación de las personas de nuestra localidad hasta que en Octubre de 1984 don Adolfo Torres Mariño es nombrado director hasta su fallecimiento el día 4 de Junio de 1997 habiendo desarrollado un gran trabajo de modernización de las estructuras del Centro y adecuarse a la nueva Ley, Orgánica del Sistema Educativo (LOGSE) y puesta en funcionamiento de los Proyectos Educativos y Curriculares.
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A partir del fallecimiento de don Adolfo Torres, se hace cargo de la Dirección del Colegio D. Santos García Sánchez, que continuará con ésta hasta el curso 2005-06.

Durante el curso 2005-06 se produce la renovación de los cargos directivos del centro, saliendo elegida la candidatura encabezada por Dª Mª Rosa Carmona Caballero, la que actualmente es la directora del Colegio.

 

 

 

   

Documentos

 

PEC (Proyecto Educativo de Centro):

Es
el Documento por excelencia del Centro. Es una propuesta integral que
permite llevar a cabo, de forma coherente y eficaz, los procesos
educativos del mismo.

Recoge nuestras señas de
identidad, la línea educativa que perseguimos, el modelo de
organización del Centro y las normas de convivencia.

 

ROF (Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro):

Es
el Documento que regula las normas de convivencia del colegio. Forma
parte del Proyecto Educativo de Centro y sus objetivos son: Concretar
los derechos y deberes de la Comunidad educativa, establecer normas de
convivencia y correcciones al incumplimiento de las mismas, y facilitar
la información necesaria que permita un buen funcionamiento interno del
Centro.

 

Proyectos Curriculares:

Recogen
las características de cada etapa educativa, los objetivos, los
criterios de promoción y titulación, así como la organización académica
de la misma.

Durante el curso 2007-08, se deberán revisar los proyectos curriculares de E.I. y 1º y 2º ciclo de E.P. (están en proceso de elaboración) y se deberán adaptar a la normativa vigente. En nuestro centro este proceso lo estamos realizando también en el tercer ciclo de E.P., por lo que durante este curso terminaremos la elaboración de los citados proyectos para las dos etapas que se imparten. 

Estos documentos se encuantran en el menú Servicios, submenú Documentos, en la categoría Centro.